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Sorteo SPAZIOS "RULETA DE PREMIOS"

Bases y condiciones de participación

 

 

  1. 1. Presentación

    1.1. El sorteo regulado por estas bases y condiciones (en adelante, el “SORTEO”) se denomina “Ruleta de Premios”, y es organizado por SPAZIOS INMUEBLES S.A., con domicilio en Andrés Ferreyra 2539, Piso 3°, Dpto “A”, Caseros, Provincia de Buenos Aires, CUIT N° 30-71599914-1 (en adelante, “EL ORGANIZADOR”).

    1.2. Estas bases (en adelante, las “BASES”) regulan la participación de las personas (en adelante, los “PARTICIPANTES”) en el SORTEO.

    1.3. EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las presentes BASES sin necesidad de aviso previo, sin que ello genere derecho a compensación alguna por parte de los PARTICIPANTES.

    1.4. La participación en el SORTEO implica el pleno conocimiento y aceptación de estas BASES y de las decisiones que adopte EL ORGANIZADOR con relación al mismo.

    2. Objetivo

    El objetivo del SORTEO es incentivar la participación en los eventos comerciales de EL ORGANIZADOR y ofrecer beneficios aplicables a la financiación de unidades inmobiliarias, fomentando el acceso a la vivienda propia.

    3. Vigencia

    3.1. El SORTEO se llevará a cabo el día 28 de mayo de 2025.

    3.2. Los beneficios obtenidos en el marco del SORTEO tendrán validez para su aplicación hasta el día 31 de mayo de 2025, inclusive.

    4. Participantes e inscripción

    4.1. Podrán participar del SORTEO todas las personas físicas mayores de 18 años que hayan sido debidamente registradas y autorizadas por EL ORGANIZADOR para participar de la actividad promocional, ya sea de manera presencial o remota.

    4.2. No podrán participar los empleados directos de EL ORGANIZADOR ni sus familiares hasta segundo grado de consanguinidad.

    4.3. La participación en el SORTEO es libre y gratuita, y no requiere la compra de ningún producto o servicio.

    5. Mecánica del sorteo

    5.1. Cada PARTICIPANTE registrado podrá jugar una ruleta física o digital, la cual asignará de manera aleatoria un monto determinado en concepto de bonificación.

    5.2. Los montos de bonificación posibles van desde PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000) hasta PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000).

    5.3. La bonificación obtenida será aplicable únicamente a las últimas cuotas del plan de financiación correspondiente a la adquisición de una unidad inmobiliaria con EL ORGANIZADOR.

    6. Condiciones de uso del premio

    6.1. La bonificación obtenida no podrá canjearse por dinero en efectivo ni por otros beneficios, ni será transferible a terceros.

    6.2. El PARTICIPANTE deberá contar con un plan de financiación activo con EL ORGANIZADOR para poder aplicar la bonificación.

    6.3. El uso de la bonificación deberá realizarse antes del 31 de mayo de 2025, inclusive. Vencido ese plazo, el beneficio perderá validez de manera automática.

    7. Publicidad y autorización

    7.1. La participación en el SORTEO implica la autorización por parte del PARTICIPANTE a EL ORGANIZADOR para utilizar sus datos personales, nombre, imagen y/o voz en piezas promocionales relacionadas con esta acción, en forma gratuita y sin reclamo posterior.

    7.2. Dicha autorización incluye publicaciones en redes sociales, medios de comunicación y demás soportes que EL ORGANIZADOR considere pertinentes.

    8. Protección de datos personales

    Los datos proporcionados por los PARTICIPANTES serán tratados conforme a la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales, y solo utilizados para los fines vinculados al presente SORTEO.

    9. Jurisdicción

    Toda controversia derivada de la interpretación o ejecución del presente SORTEO será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando los PARTICIPANTES a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.